Pueblo de montaña en una ladera, ámbito de una modificación de planeamiento urbanístico
medio-urbano-territorio •2025

EAE de una modificación puntual de normas subsidiarias

Cliente: Promotor de la modificación puntual

Documento ambiental estratégico para la evaluación simplificada de una modificación puntual de normas subsidiarias en la Comunidad de Madrid.

Pueblo de montaña en una ladera, ámbito de una modificación de planeamiento urbanístico

Contexto

Un municipio de la Comunidad de Madrid mantiene como planeamiento general unas Normas Subsidiarias (NNSS). Una modificación puntual de estas normas debía pasar por una evaluación ambiental estratégica simplificada antes de su aprobación.

Es un ejemplo del trabajo de Green Globe fuera de Andalucía. La Ley 21/2013, de evaluación ambiental, rige el procedimiento en toda España, pero cada comunidad autónoma tiene su propio órgano ambiental y su manera de encajar la evaluación en la tramitación urbanística. Por eso, en los expedientes de otras comunidades empezamos por comprobar el procedimiento autonómico y lo que va a pedir el órgano ambiental antes de redactar.

Qué hicimos

En diciembre de 2025 redactamos el documento ambiental estratégico de la modificación, el documento con el que se solicita la evaluación simplificada. Su contenido se organizó en estos bloques:

  • objetivos de la modificación, alcance de sus determinaciones y desarrollo previsible;
  • alternativas razonables y motivos de la elección;
  • caracterización ambiental del ámbito afectado antes de la modificación;
  • efectos ambientales previsibles, incluida la incidencia en el cambio climático;
  • relación con los planes sectoriales y territoriales concurrentes;
  • motivos para aplicar el procedimiento simplificado;
  • medidas para prevenir, reducir y corregir los efectos negativos, y medidas de seguimiento.

Trabajamos sobre la documentación urbanística de la modificación, de forma que el análisis ambiental se refiriera a los cambios concretos que introduce en las Normas Subsidiarias y no al conjunto del planeamiento. Delimitar bien ese objeto ayuda a justificar la vía simplificada y evita que el análisis se extienda a cuestiones ajenas a la modificación.

Resultado

El documento ambiental estratégico se entregó para su presentación ante el órgano ambiental. El expediente está en tramitación y Green Globe lo acompaña hasta la emisión del informe ambiental estratégico, que determina si la modificación puede seguir adelante sin evaluación ordinaria.

Al tratarse de un expediente de la Comunidad de Madrid, no le afecta el cambio normativo andaluz de 2026. Como referencia, en Andalucía la Ley 2/2026 (LEGAM) somete a esta misma vía simplificada las modificaciones menores del planeamiento (art. 45.4).

Normativa aplicada

  • Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental: evaluación ambiental estratégica simplificada.
  • Normas Subsidiarias municipales, instrumento objeto de la modificación.

Más información: evaluación ambiental estratégica de planeamiento urbanístico, también para expedientes fuera de Andalucía.

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