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Movilidad sostenible al trabajo: qué falta antes del 5 de diciembre

18 de octubre de 2026
Personas desplazándose en bicicleta por un carril bici urbano camino del trabajo

Los centros de trabajo con más de 200 personas trabajadoras, o más de 100 por turno, deben disponer de un plan de movilidad sostenible al trabajo (PMST) antes del 5 de diciembre de 2026. Así lo establece el artículo 26.1 de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, publicada en el BOE el 4 de diciembre de 2025 y en vigor desde el 5 de diciembre de 2025. Quedan menos de siete semanas. Esta nota explica quién está obligado, qué debe contener el plan y qué calendario es realista; el detalle de nuestro trabajo está en la página del plan de movilidad sostenible al trabajo.

Quién está obligado

La unidad de medida es el centro de trabajo (definido en el artículo 1.5 del Estatuto de los Trabajadores), no la empresa. Una compañía con diez sedes puede tener una obligada, o ninguna.

SupuestoObligación
Centro con más de 200 personas trabajadorasPlan de movilidad sostenible al trabajo antes del 5 de diciembre de 2026
Centro con más de 100 personas por turnoMismo plan y mismo plazo, aunque la plantilla total no llegue a 200
Entidades del sector públicoMisma obligación y plazo para sus centros que superen los umbrales
Centros con menos personasSin obligación legal; el plan es voluntario y sirve para la huella de carbono y la gestión de personas

Los umbrales cuentan a las personas cuyo centro habitual es ese. Quien incumpla se expone al régimen de infracciones y sanciones del artículo 104 de la ley.

Qué tiene que contener el plan

Un plan completo incluye, conforme al artículo 26 y concordantes:

  • Diagnóstico de cómo llega la plantilla al centro: reparto modal, distancias, horarios, origen de los desplazamientos y emisiones asociadas. Con datos agregados por género y edad (art. 27.2).
  • Medidas ordenadas por la jerarquía del artículo 28, que da prioridad a los modos activos y al transporte colectivo frente al vehículo privado.
  • Seguridad vial, con tratamiento específico de los accidentes in itinere.
  • Atención a visitantes y proveedores, que también se desplazan al centro.
  • Indicadores que se comunican al Espacio de Datos Integrado de Movilidad (art. 26.8).
  • Seguimiento bienal: informe a los dos años de la aprobación y después cada dos años (art. 26.2).
  • Negociación con la representación legal de las personas trabajadoras o, si no existe, con una comisión negociadora formada con los sindicatos representativos del sector. En las cooperativas aprueba el plan el Consejo Rector.

Como metodología de referencia, la guía 019 del IDAE y el monográfico del OTLE sobre PMST (julio de 2026).

Dos compañeros de trabajo caminan con una bicicleta a la salida de la oficina

Lista de comprobación

Orden recomendado y tiempo aproximado de cada paso, según nuestra experiencia:

  1. Confirmar qué centros están obligados. Cuente la plantilla por centro y por turno: unas horas, si Recursos Humanos tiene los datos al día.
  2. Rellenar la ficha del centro: plantilla por turno, horarios, aparcamiento, flota y políticas de movilidad vigentes. Media jornada de trabajo conjunto.
  3. Lanzar la encuesta a la plantilla. Configurarla lleva un día; mantenerla abierta con recordatorios, dos semanas.
  4. Elaborar el diagnóstico con los datos de la encuesta: una semana.
  5. Proponer medidas conforme a la jerarquía legal y presentarlas a la representación de la plantilla: una a dos semanas de trabajo técnico.
  6. Negociar el plan con la representación legal de las personas trabajadoras. Es el paso que menos controla la empresa: conviene abrirlo pronto.
  7. Aprobar y documentar el plan, y preparar los indicadores para el EDIM.

El cuello de botella: saber cómo viene cada persona

Todo el plan depende de un dato que la mayoría de empresas no tiene: cómo llega cada persona al centro, desde dónde y a qué hora. Sin él, el diagnóstico no es representativo. Y la encuesta por correo o en papel se queda corta en participación: contestan unos pocos, casi siempre los más sensibilizados.

Trabajador con casco y chaleco reflectante respondiendo en el móvil la encuesta de movilidad al trabajo: pregunta «¿Cómo vienes normalmente al trabajo?» con opciones a pie, bicicleta, autobús, tren o coche

Para resolverlo usamos nuestra plataforma de encuesta de movilidad:

  • Sin registro y desde el móvil, en menos de siete minutos. La encuesta se ramifica según cómo viene cada persona: quien va andando responde unas 12 preguntas; quien va en coche, unas 25.
  • Anónima por diseño. La respuesta nunca se puede ligar a la persona: el origen se recoge por código postal o punto aproximado, los correos de invitación se cifran y se borran al cerrar la campaña, y no se publican celdas de menos de cinco respuestas. Género y edad, en tramos (art. 27.2). Datos alojados en la Unión Europea.
  • Una campaña por centro de trabajo, con enlaces de invitación, recordatorios por correo, panel de participación en tiempo real y exportación de datos para el diagnóstico.
  • Personalizable para cualquier sector. Por campaña se eligen las preguntas, las medidas del catálogo que se consultan (transporte colectivo de empresa, bono transporte, coche compartido, bicicleta, recarga de vehículo eléctrico, teletrabajo, flexibilidad horaria…) y las categorías de puesto propias de cada empresa: oficina, producción, obra, reparto. La encuesta muestra el logotipo del cliente. Sirve igual para una planta industrial con tres turnos que para unas oficinas.
  • Del dato al borrador. De la exportación salen el reparto modal, las distancias, los kilómetros y las emisiones de los desplazamientos, los mapas de origen y un borrador de diagnóstico y plan. Y sirve para repetir la encuesta de seguimiento cada dos años y comparar.

En la última campaña se recogieron más de 150 respuestas el primer día. No es una garantía, porque la participación depende de cómo se comunique la encuesta en cada centro, pero marca la diferencia con el correo tradicional. Además, los desplazamientos al trabajo son la categoría 7 del Alcance 3 del GHG Protocol: el mismo dato alimenta su huella de carbono.

Siete semanas: calendario realista

SemanaFechasTarea
120-26 de octubreFicha del centro, personalización y lanzamiento de la encuesta
2-327 de octubre - 9 de noviembreEncuesta abierta con recordatorios y seguimiento de la participación
410-16 de noviembreDiagnóstico: reparto modal, distancias, emisiones y mapas de origen
5-617-30 de noviembrePropuesta de medidas y negociación con la representación de la plantilla
71-5 de diciembreAprobación del plan y documentación para el seguimiento

Es ajustado pero viable. Lo que más lo amenaza son las decisiones: quién firma y cuándo se convoca a la representación de la plantilla.

Y si no llego al 5 de diciembre

La ley no prevé moratoria, y no conviene contar con una. Si a estas alturas el plan no está en marcha:

  • Empiece igualmente. Un plan aprobado con unos días de retraso y bien documentado es mejor que ninguno.
  • Documente todo: fechas de la encuesta, participación, convocatorias y actas. Demuestra diligencia ante un requerimiento.
  • Mantenga la negociación abierta, con calendario acordado con la representación de la plantilla.
  • Priorice los centros obligados y deje el resto para una segunda fase.

Si su centro está en Madrid, revise también la ordenanza de movilidad sostenible de la ciudad, que restringe vehículos sin etiqueta ambiental.

Preguntas frecuentes

¿Cuándo vence el plazo para tener el plan de movilidad sostenible al trabajo?

El 5 de diciembre de 2026. El artículo 26.1 de la Ley 9/2025 concede doce meses desde su entrada en vigor, que se produjo el 5 de diciembre de 2025, un día después de su publicación en el BOE.

¿El umbral de 200 personas se cuenta por empresa o por centro de trabajo?

Por centro de trabajo, tal como lo define el artículo 1.5 del Estatuto de los Trabajadores. Una empresa con varios centros solo está obligada en aquellos que superan 200 personas trabajadoras o 100 por turno, siempre que ese sea su centro habitual.

¿Quién tiene que aprobar el plan?

El plan se negocia con la representación legal de las personas trabajadoras. Si no la hay, se constituye una comisión negociadora con los sindicatos más representativos del sector. En las cooperativas lo aprueba el Consejo Rector.

¿Qué datos exige la ley sobre la plantilla?

El artículo 27.2 pide datos agregados por género y edad, y el artículo 26.8 establece que los parámetros e indicadores del plan se comunican al Espacio de Datos Integrado de Movilidad (EDIM). Una buena encuesta los recoge desde el principio.

¿Cada cuánto hay que revisar el plan?

Hay que elaborar un informe de seguimiento a los dos años de la aprobación y después cada dos años, según el artículo 26.2.

¿Qué ocurre si no llego al 5 de diciembre?

La ley tipifica infracciones y sanciones para las empresas con más de 200 personas, o 100 por turno, que incumplan (artículo 104). La norma no prevé ninguna moratoria. Lo prudente es arrancar ya y documentar cada paso.

¿Necesita ponerse al día antes de diciembre? Cuéntenos su centro y su plantilla y le proponemos un calendario adaptado.

Fuentes

  • Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, BOE de 4 de diciembre de 2025 (BOE-A-2025-24545), artículos 26, 27, 28 y 104.
  • Guía IDAE 019, de planes de transporte al trabajo.
  • Observatorio del Transporte y la Logística de España (OTLE), monográfico sobre planes de movilidad sostenible al trabajo, julio de 2026.

Esta nota es informativa y no sustituye el análisis de cada caso.