Estudios de Impacto Ambiental de Planes y Programas
Los Estudios de Impacto Ambiental de Planes y Programas son la documentación técnica ambiental integrada en el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE). Constituyen la base sobre la que las organizaciones asumen su responsabilidad ambiental en relación con los planes y programas que puedan tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
Marco Normativo
Este instrumento tiene su origen en la transposición de la Directiva Marco Europea 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas en el medio ambiente. En España, la normativa aplicable es la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, y en Andalucía se complementa con la Ley 7/2007 GICA.
¿Cuándo son Obligatorios?
Están sujetos a esta normativa los planes y programas públicos —y sus modificaciones— cuya elaboración incumba a una autoridad competente, cuando:
- Establezcan el marco para la autorización futura de proyectos en sectores como agricultura, silvicultura, energía, industria, transporte, gestión de residuos, recursos hídricos, turismo u ordenación del territorio.
- Requieran evaluación en virtud de los artículos 6 y 7 de la Directiva Hábitats (92/43/CEE).
- Establezcan el marco para la autorización de proyectos con posibles efectos significativos sobre el medio ambiente.
- Sean modificaciones menores de planes, o planes para pequeñas zonas locales, que puedan tener efectos significativos.
El Procedimiento de EAE: Documentos y Fases
El procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica genera los siguientes documentos:1. Documento Inicial: elaborado por el órgano promotor del plan, define los parámetros básicos de referencia del plan y de la EAE. 2. Documento de Referencia: elaborado por el órgano ambiental competente, establece las directrices para el Informe de Sostenibilidad Ambiental. 3. Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA): elaborado por el órgano promotor según las directrices del Documento de Referencia. Es el núcleo del Estudio de Impacto Ambiental del Plan. 4. Consulta pública: el órgano promotor somete la versión preliminar del plan, incluido el ISA, a consulta pública y a las administraciones afectadas. 5. Memoria Ambiental (MA): elaborada conjuntamente por el órgano promotor y el órgano ambiental, integra los aspectos ambientales en la propuesta de plan antes de su aprobación definitiva.

Contenido del Informe de Sostenibilidad Ambiental
El ISA debe incluir:
- Descripción y objetivos del plan, con su articulación en el marco normativo superior.
- Análisis de alternativas razonables, incluida la alternativa cero.
- Identificación y evaluación de los efectos significativos sobre biodiversidad, suelo, agua, aire, clima, patrimonio cultural y paisaje.
- Medidas previstas para prevenir, reducir y compensar efectos adversos.
- Programa de vigilancia ambiental durante la ejecución del plan.
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